¿Sabías que el canal de denuncias es obligatorio en empresas con más de 50 empleados?
El pasado mes de diciembre entró en vigor esta Ley 2/2023, también conocida como Ley Whistleblowing.
Para cumplir la normativa es necesario contar con un sistemas interno de información que garantice la posibilidad de presentar denuncias anónimas, la protección de los denunciantes y la confidencialidad.
Actualmente en España hay inscritas 27.477 empresas con una plantilla de 50 a 249 trabajadores, esto supone que 2.732.901 empleados deben tener acceso a ese canal de denuncias.
Todo canal de denuncias debe cumplir una serie de requisitos:
Accesibilidad: un mecanismo claro, rápido, y accesible para la plantilla.
Asegurar el anonimato del informante y garantizar la confidencialidad.
Contar con una persona responsable responsable de la gestión.
Enviar el recibo al informante (denunciante) en un plazo máximo de siete días naturales desde la recepción.
Responder a la denuncia en un plazo máximo de tres meses.
Permitir el acceso externo desde fuera de la propia red corporativa.
Asegurar al denunciante que no se van a tomar medidas motivadas por la presentación de una denuncia interna o externa.
No tener operativo este canal de denuncias es una de las infracciones que contempla la nueva ley, con multas de hasta un millón de euros.
En EuskoData disponemos de una solución software que se puede implantar en cuestión de segundos, permitiendo a las empresas cumplir con los requisitos legales.
¿Te ayudamos?