Llegan las primeras sanciones por no cumplir con el registro de jornada: Trabajo impone multas por 113.000 euros en el primer semestre de registro obligatorio.
La inspección detecta infracciones en una de cada cinco empresas expedientadas por el control horario de los empleados.
Además, la Inspección anuncia que en 2020 va a poner en marcha una nueva campaña sobre el registro horario de la jornada en coordinación con las Comunidades Autónomas, para «reforzar y aumentar las actuaciones llevadas a cabo en estos seis meses».
Recordamos que los registros deben permanecer físicamente en cada centro de trabajo y ser accesibles desde el mismo de manera inmediata. Además pueden ser consultados por los trabajadores, pero sin obligación por parte de la empresa de entregar copia.
Si la empresa no lleva el registro, pero el inspector tiene la certeza de que se cumple la normativa y no se realizan horas extraordinarias, se puede sustituir el inicio del proceso sancionador por un requerimiento para que se cumpla con la obligación de tener registrada la jornada de trabajo diaria.
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