Una reciente sentencia de la Sala Social de la Audiencia Nacional, con fecha 15 de febrero de 2022, ha descartado la firma en hoja de papel como sistema válido para cumplir con los requerimientos establecidos en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores en relación con el obligatorio registro de jornada laboral.
Antonio Benavides, abogado, graduado social, profesor de la Universitat Ramon Llull y de la UOC y ex Inspector de Trabajo y Seguridad Social, explica la resolución y las posibles sanciones si no se emplea un procedimiento fiable de registro, como los sistemas de software.
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